
Nueva regulación de Salud limita la prescripción de medicamentos en planes cerrados de prepagas
- Redacción
- 28 octubre, 2024
- Gobierno, Medicina, Negocios, Salud
- Boletín Oficial, obras sociales, Portada, prepagas, Superintendencia de Servicios de Salud
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La Superintendencia de Servicios de Salud implementó una nueva regulación crucial para las entidades de medicina prepaga y obras sociales.
Afectando asimismo a millones de afiliados, a través de la resolución 3934/2024 que se publicó hoy en el Boletín Oficial.
La misma establece la nueva regulación en el marco de los planes de salud cerrados.
En éstos, únicamente los médicos incluidos en la cartilla de prestadores podrán prescribir medicamentos y tratamientos.
La Ley 26.682 establece un marco normativo para las entidades de medicina prepaga, asegurando la cobertura del Programa Médico Obligatorio (PMO).
Y también el Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.
Además, el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 amplía las disposiciones de la Ley 23.660 a estas entidades.
Introduciendo la necesidad de una supervisión más rigurosa en la presentación de planes de salud.
A partir de la nueva regulación, los agentes del seguro de salud deben presentar una cartilla de prestadores.
Cada plan de salud debe detallar los profesionales y centros médicos autorizados.
También definir el tipo de plan y especificar si es abierto o cerrado, y las condiciones de acceso y cobertura.
Asimismo deberán cumplir con las prescripciones, es decir, en los planes cerrados, la cobertura médico-asistencial se otorgará exclusivamente por médicos que pertenezcan a la cartilla del agente correspondiente.
Esta regulación busca abordar preocupaciones sobre la sostenibilidad financiera del sistema de salud.
Que fue amenazada por la cobertura de prácticas y medicamentos no adecuadamente previstos en los planes de salud.
Por su parte, la Superintendencia enfatizó la importancia de mantener la transparencia y la equidad en el acceso a los servicios de salud.
La situación actual pone en evidencia un riesgo de desfinanciamiento para los agentes del seguro de salud.
Ya que la obligación de cubrir prescripciones fuera de su red puede comprometer su viabilidad económica.
Las resoluciones judiciales pueden obligar a estos agentes a otorgar coberturas que no están previstas.
Lo que genera una carga adicional sobre su funcionamiento.
La nueva normativa también exige que los médicos presenten una declaración jurada.
Sobre la inexistencia de conflictos de interés con los proveedores de tecnologías o medicamentos prescritos.
Este paso es fundamental para garantizar que las decisiones de prescripción sean objetivas y en beneficio de los pacientes.
Con estas medidas, el Gobierno busca un balance entre el derecho de los beneficiarios a acceder a tratamientos.
Y la necesidad de asegurar la sostenibilidad financiera de las obras sociales y entidades de medicina prepaga.
La Superintendencia de Servicios de Salud tiene la responsabilidad de garantizar un uso eficiente y equitativo de los recursos del sistema.
Manteniendo así la confianza de los afiliados en la continuidad de la atención sanitaria.
La implementación de este nuevo marco regulatorio representa un paso importante hacia un sistema de salud más estructurado.
Donde la claridad y la responsabilidad son pilares fundamentales.
La resolución no solo busca regular la práctica médica.
Sino también preservar la integridad financiera de un sistema que es vital para millones de argentinos.
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