Fallo Judicial

Swiss Medical deberá cubrir medicación de $ 3,37 millones por orden judicial

La Cámara Federal de Paraná, resolvió “rechazar el recurso de apelación” que interpuso Swiss Medical.

Así confirmó la sentencia de primera instancia que obliga a la empresa de medicina prepaga a cubrir la medicación Dupilumab, cuya caja cuesta $ 3,37 millones.

El fallo beneficia a una persona que “padece asma grave y rinosinusitis crónica con poliposis nasal severa (con obstrucción total)”.

“Y que probó diversos tratamientos contra dicha patología, sin obtener resultados positivos”.

{El tribunal que emitió el fallo lo integran Beatriz Aranguren, Cintia Gómez y Mateo Busaniche.

Las actuaciones llegaron a la Cámara provenientes del Juzgado Federal N 2 de Paraná.

La actora interpuso una acción de amparo “contra Swiss Medical, a fin de que proceda a autorizar la cobertura de la medicación Dupilumab”.

Por su parte, la Cámara consideró que “en la medida en que se encuentran debidamente acreditadas la necesidad del tratamiento y la imposibilidad económica de la amparista de abonar el 60% que no brinda la empresa de medicina prepaga, se concluye que la actitud de Swiss Medical resulta arbitraria”.

Al respecto señaló que la prepaga “omitió analizar las circunstancias particulares de la situación de su afiliada”.

“Y brindarle la cobertura suficiente según sus necesidades”.

“Limitando de ese modo su efectivo ejercicio del derecho a la salud”.

“En casos como el de análisis, negar la prestación solicitada implicaría impedir el acceso de la amparista a la misma, abandonándolo a una situación de desamparo inconcebible a la luz de nuestro ordenamiento jurídico”.

En otro orden, el Tribunal evaluó que la actora indicó que “las patologías que padece le ocasionan una severa dificultad respiratoria”.

“Y que su calidad de vida disminuyó notablemente”.

“En consecuencia, su médica tratante le indicó el medicamento objeto del presente amparo”.

Swiss Medical contestó el informe argumentando que “no incumpliió con ninguna obligación frente a su afiliada”.

Asimismo alegó que la medicación requerida no se encuentra incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Por lo que no está obligada legalmente a otorgar cobertura integral.

Además indicó que ofreció asumir el 40% del costo del medicamento, conforme porcentajes mínimos de cobertura legalmente establecidos.

El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo y condenó a “Swiss Medical a brindar cobertura integral de la medicación”.

“Hasta que resulte medicamente necesario, conforme prescripción de su galena tratante”.

Ahora la Cámara ratificó que “esta acción de amparo tiene como objeto principal el derecho a la salud de la amparista y su protección”.

“Este es considerado el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda la legislación positiva”.

“Y que resulta de principal rango garantizado por la Constitución Nacional, conforme se encargó de señalarlo la Corte Suprema”.

También evaluó que “no se encuentra controvertida en autos la necesidad de la medicación solicitada para tratar la enfermedad que padece la actora”.

“Hallando fundamentación suficiente en los pedidos médicos adjuntos”.

“Tampoco se discute que el medicamento objeto de este amparo no cuenta con cobertura dentro del PMO”.

“Las partes son contestes en cuanto al ofrecimiento de cobertura del 40% del costo por Swiss Medical”.

“La cuestión a resolver consiste en dilucidar si le corresponde a la accionada cubrir la medicación requerida en un 100% o bien, si su ofrecimiento resulta ajustado a derecho”.

Así, la Cámara sostuvo que “de conformidad a lo establecido en el PMO y resoluciones modificatorias y complementarias, la prestación objeto del amparo no encuentra obligatoriedad de cobertura”.

En consecuencia, subrayó que “el ofrecimiento efectuado por Swiss Medical de cubrir un 40% del costo prestacional de modo alguno puede considerarse ilegal”.

El Tribunal analizó que “la amparista es monotributista categoría A y que, teniendo en cuenta que su enfermedad le impide hoy trabajar, no puede asumir siquiera el costo del 60% del medicamento”.

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