Receta Digital

Receta Electrónica: entró en vigencia y es la única forma de prescripción de medicamentos

La implementación de la receta electrónica entró en vigencia con el inicio del nuevo año y es la única modalidad de prescripción de medicamentos.

Así lo destacó el Ministerio de Salud en un comunicado.

Allí señaló que la nueva modalidad de prescripción aspira a garantizar un ecosistema de salud digital eficiente.

Así como permitir una mayor trazabilidad y seguimiento de las recetas emitidas.

Además de facilitar la dispensa en farmacias y garantizar a la población un acceso más seguro a los medicamentos que necesita.

Tal como estableció el decreto 345/2024, a partir de 2025 entró en vigencia la implementación de la receta electrónica en todo el país.

Esto significa que la prescripción de medicamentos deberá realizarse, únicamente, a través de las plataformas que se inscribieron en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Para que tengan validez, las recetas electrónicas deberán contar con la identificación del médico o profesional de la salud.

Con nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio.

También el código de barras y la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo).

Así como la descripción del medicamento recetado detallando nombre genérico o denominación común internacional.

Además de presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades.

También puede sumar el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera.

Por último, debe contener el diagnóstico, la fecha de emisión y la firma digital del profesional.

Las plataformas verificarán que los profesionales de salud estén inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).

Y almacenarán las recetas que se emitieron en repositorios virtuales que funcionarán como nexo con las farmacias.

Permitiendo así que éstas últimas puedan acceder a ellas para la dispensa de los medicamentos cuando el paciente los requiera.

Esto permitirá que las personas solo tengan que acercarse a las farmacias con su DNI o credencial para requerir la medicación indicada por el profesional.

Cabe destacar que los repositorios deberán cumplir con protocolos técnicos y administrativos que contemplen la alta disponibilidad.

Y también que garanticen el almacenamiento de las recetas durante el período establecido por la normativa.

Esto requiere sólidos mecanismos de respaldo y recuperación de información frente a eventuales fallas o incidentes.

Y que estos mecanismos garanticen el resguardo de los derechos de los pacientes.

Es importante tener en cuenta que la receta manuscrita permanecerá vigente, como condición de excepción.

Solo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.

Asimismo, aquellas recetas que se emitieron en papel antes del 31 de diciembre de 2024 podrán  utilizarse dentro de su período de vigencia habitual.

Actualmente, 17 jurisdicciones cuentan con ley de receta electrónica, pero no en todas entró en vigencia.

De ellas, once adhirieron a la Ley Nacional: Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.

Mientras que cuatro tienen su propia ley provincial con un régimen propio: Buenos Aires, CABA, Chubut y La Rioja).

Y dos tienen el proyecto de ley provincial en curso, Río Negro y Santa Fe.

En tanto, las siete jurisdicciones restantes, si bien pueden utilizar parcialmente la Receta Electrónica, aún no cuentan con ley provincial.

De ellas, cuatro adhirieron al uso de Receta Electrónica y se espera cuenten con proyecto de ley próximamente: San Luis, Córdoba, Santiago del Estero y Santa Cruz.

Y tres aún se encuentran en revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa).

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