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	<title>Superintendencia de Servicios de Salud archivos -</title>
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	<description>Noticias del sector de la Salud, Laboratorios, Farmac?uticas, Ciencias y Empresas relacionadas a los negocios.</description>
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	<title>Superintendencia de Servicios de Salud archivos -</title>
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		<title>El Gobierno define en “crisis” a 5 obras sociales: planes de contingencia en 15 días y mayor control de la Superintendencia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[curecompass]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 May 2026 11:33:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[Negocios]]></category>
		<category><![CDATA[Obra Social de Maquinistas de Teatro y Televisión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia de Servicios de Salud declaró en situación de crisis a cinco obras sociales...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading"><em><strong>La Superintendencia de Servicios de Salud declaró en situación de crisis a cinco obras sociales por superar el “factor de criticidad” del Decreto 1400/2001 y las intimó a presentar un plan de contingencia en 15 días para garantizar prestaciones. Se terminó la fiesta de las obras sociales sindicales.</strong></em></h2>



<p>En un momento de fuerte tensión financiera para el sistema de salud argentino, el Gobierno decidió activar una de las herramientas más duras del arsenal regulatorio sobre el subsistema de obras sociales que hace más de una década vive una crisis con final anunciado.</p>



<p>La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) declaró en situación de crisis a cinco entidades sindicales tras detectar incumplimientos contables, financieros y prestacionales, y un “factor de criticidad superior al valor límite” previsto en el Decreto 1400/2001, la norma que define el procedimiento especial para los agentes del seguro de salud en problemas.</p>



<p>Las medidas se formalizaron a través de las resoluciones 934, 935, 936, 937 y 938, publicadas en el Boletín Oficial, y alcanzan a la <strong>Obra Social de Maquinistas de Teatro y Televisión</strong>, la <strong>Obra Social del Personal de Dirección de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires</strong>, la <strong>Obra Social Modelos Argentinos</strong>, la <strong>Obra Social de Serenos de Buques</strong> y la Obra Social de Obreros de Empacadores de Fruta de Río Negro y Neuquén.</p>



<p>Según la SSS, todas ellas deberán presentar un plan de contingencia en un plazo máximo de 15 días corridos desde la notificación, con metas trimestrales y acciones concretas para corregir las irregularidades detectadas.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><a href="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2024/12/cropped-Banners-CILFA_1000x190px_121224_.gif"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1000" height="190" src="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2024/12/cropped-Banners-CILFA_1000x190px_121224_.gif" alt="" class="wp-image-11306"/></a></figure>



<h2 class="wp-block-heading" id="cinco-obras-sociales-bajo-el-umbral-de-crisis">Cinco obras sociales bajo el umbral de “crisis”</h2>



<p>Los considerandos de las resoluciones coinciden en un punto central: cada una de las cinco obras sociales registró un “factor de criticidad superior al valor límite” contemplado en el Decreto 1400/2001.</p>



<p>Ese indicador integra variables prestacionales, jurídico‑institucionales, contables y de atención al beneficiario, junto con indicadores económico‑financieros, capacidad de repago y grado de dependencia de subsidios.</p>



<p>La SSS sintetizó el diagnóstico en un comunicado: se detectaron “incumplimientos en materia contable, financiera y prestacional”, que abarcan “distintos aspectos prestacionales, jurídico‑institucionales, económicos y de atención a los afiliados”.</p>



<p>Entre las observaciones recurrentes aparecen faltas en la presentación de memorias y balances, presupuestos de gastos y recursos, estados financieros y estadísticas de prestaciones.</p>



<p>En algunos casos, también se registraron problemas en la actualización de autoridades, irregularidades en la cartilla de prestadores y deficiencias en la información del padrón de afiliados.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><a href="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180.jpg"><img decoding="async" width="900" height="180" src="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180.jpg" alt="" class="wp-image-11135" srcset="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180.jpg 900w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180-300x60.jpg 300w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180-768x154.jpg 768w" sizes="(max-width: 900px) 100vw, 900px" /></a></figure>



<p>En el caso de la Obra Social del Personal de Dirección de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires, la Superintendencia puntualizó incumplimientos vinculados al Programa Médico Obligatorio (PMO), la actualización de autoridades y el padrón de afiliados.</p>



<p>Para la Obra Social de Obreros de Empacadores de Fruta de Río Negro y Neuquén, las observaciones incluyeron problemas en la cartilla destinada a beneficiarios y en documentación asociada al PMO.</p>



<h2 class="wp-block-heading" id="planes-de-contingencia-y-monitoreo-reforzado">Planes de contingencia y monitoreo reforzado</h2>



<p>La declaración de crisis no implica un cierre automático ni una intervención inmediata.</p>



<p>Pero sí activa un régimen de control especial.</p>



<p>Las cinco entidades fueron intimadas a presentar, en un plazo de 15 días, un “Plan de Contingencia” con metas de cumplimiento trimestral y medidas concretas para revertir la situación.</p>



<p>Según la SSS, ese programa deberá detallar acciones en materia económico‑financiera, de gestión y de mejora prestacional, y se inscribe dentro del esquema previsto en el Capítulo IV del Decreto 1400/2001, “Obras Sociales en Crisis: garantía de continuidad de la cobertura”.</p>



<p>Las resoluciones facultan a las distintas gerencias que integran el Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud para monitorear la evolución de cada caso.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><a href="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1.jpg"><img decoding="async" width="1024" height="752" src="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-1024x752.jpg" alt="" class="wp-image-11609" srcset="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-1024x752.jpg 1024w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-300x220.jpg 300w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-768x564.jpg 768w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1.jpg 1090w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></figure>



<p>“Las Gerencias integrantes del Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud serán las encargadas de efectuar el seguimiento del trámite en el ámbito de su competencia”, detalla la normativa comparable en otros casos recientes.</p>



<p>El organismo recordó que el régimen vigente “prevé mecanismos especiales de control para garantizar la continuidad de las prestaciones a los afiliados mientras las entidades atraviesan el proceso de regularización”.</p>



<h2 class="wp-block-heading" id="reordenamiento-del-sistema-y-mensaje-al-mercado-de">Reordenamiento del sistema y mensaje al mercado de la seguridad social</h2>



<p>Con estas cinco nuevas entidades, ya son al menos 15 las obras sociales que la Superintendencia mantiene en situación de crisis, en el marco de un proceso de “reordenamiento del sistema de salud” que el organismo viene impulsando desde 2024.</p>



<p>En resoluciones previas, la SSS había explicitado el objetivo de “garantizar que operen Agentes del Seguro capaces de brindar prestaciones de calidad, promover la transparencia en la gestión y asegurar que los beneficiarios puedan elegir en libertad”.</p>



<p>La señal es clara tanto para sindicatos como para prestadores y financiadores: el regulador está dispuesto a usar la herramienta de la “crisis” cada vez que los indicadores de criticidad superen el límite previsto y se ponga en riesgo la cobertura efectiva del Programa Médico Obligatorio y otros compromisos básicos con los afiliados.</p>



<p>En un contexto de alta inflación, caída de ingresos reales y tensión sobre los costos médicos, la decisión de declarar en crisis a cinco obras sociales pequeñas y medianas refuerza la presión sobre la sostenibilidad del mapa de seguros de salud, y anticipa que las fusiones, absorciones y reconfiguraciones de cartera seguirán siendo un eje clave de la agenda para obras sociales, prepagas y grupos médicos en los próximos meses.</p>
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		<item>
		<title>La Superintendencia de Servicios de Salud dió de baja cuatro nuevas prepagas, ya van 166 entidades «fantasma»</title>
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		<dc:creator><![CDATA[curecompass]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Apr 2026 11:24:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[Importante]]></category>
		<category><![CDATA[Boletín Oficial]]></category>
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		<category><![CDATA[Superintendencia de Servicios de Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En un proceso de auditoría y depuración del padrón que busca garantizar la transparencia del...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading"><strong><em>En un proceso de auditoría y depuración del padrón que busca garantizar la transparencia del mercado, el Gobierno Nacional denegó la inscripción definitiva a otras cuatro entidades. La medida apunta a eliminar organizaciones sin actividad real ni afiliados, asegurando reglas claras para prestadores y usuarios.</em></strong></h2>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p>La transformación del sistema de salud privado en Argentina ha alcanzado un nuevo hito regulatorio. La <strong>Superintendencia de Servicios de Salud (SSS)</strong>, bajo la actual gestión, ha profundizado el proceso de fiscalización de las entidades de medicina prepaga, resultando en la exclusión de <strong>166 organizaciones</strong> que no cumplían con los estándares operativos mínimos.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><a href="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180.jpg"><img decoding="async" width="900" height="180" src="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180.jpg" alt="" class="wp-image-11135" srcset="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180.jpg 900w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180-300x60.jpg 300w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/03/900x180-768x154.jpg 768w" sizes="(max-width: 900px) 100vw, 900px" /></a></figure>



<p>Este reordenamiento, publicado recientemente en el <strong>Boletín Oficial</strong>, se centra en la eliminación de los denominados «agentes fantasma»: entidades que figuraban en el registro formal pero carecían de estructura administrativa, documentación respaldatoria y, fundamentalmente, de beneficiarios activos. Según fuentes oficiales, el objetivo es consolidar un mercado donde los actores compitan libremente y ofrezcan prestaciones de calidad contrastable.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">Las últimas cuatro bajas y el criterio de exclusión</h2>



<p>En la última actualización del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.), la SSS denegó la inscripción definitiva a cuatro firmas específicas:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Su Medicina Asistencia S.A.</strong></li>



<li><strong>Instituto Panamericano de Salud S.A.</strong></li>



<li><strong>Imedical S.A.</strong></li>



<li><strong>Seres</strong></li>
</ul>



<p>La decisión administrativa se basa en la falta de acreditación de actividad real. Desde la SSS enfatizaron que estas medidas son preventivas y de ordenamiento:</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>«Esta decisión se tomó en el marco del reordenamiento del sistema de salud y precisamente en la depuración del padrón de agentes que lleva adelante el organismo, con el objetivo de garantizar transparencia».</p>
</blockquote>



<figure class="wp-block-image size-full"><a href="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2024/12/cropped-cropped-cropped-Banners-CILFA_1000x190px_121224_.gif"><img decoding="async" width="1000" height="190" src="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2024/12/cropped-cropped-cropped-Banners-CILFA_1000x190px_121224_.gif" alt="" class="wp-image-11324"/></a></figure>



<p>Para los empresarios y emprendedores del sector, este movimiento señala un cambio en la lógica de supervisión, donde la permanencia en el registro exige ahora una validación constante de la capacidad operativa y financiera.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">Un proceso de depuración sin impacto en los usuarios</h2>



<p>Un punto clave para la tranquilidad del sistema es que estas bajas masivas —que incluyen desde Sociedades Anónimas hasta Mutuales y Cooperativas— no afectan la cobertura de los ciudadanos. Las auditorías detectaron que las entidades excluidas no poseían afiliados al momento de la inspección.</p>



<p>La lista de las 166 entidades dadas de baja incluye nombres como <strong>Prepasa S.A.</strong>, <strong>Mapfre Salud S.A.</strong>, y diversas mutuales regionales como la <strong>Asociación Mutual Bancaria</strong> o la <strong>Mutual de Docentes Privados</strong>. La magnitud de la lista refleja años de un padrón inflado por sellos de goma que no aportaban valor prestacional al sistema.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>«El objetivo es contar con un registro transparente, integrado únicamente por agentes que compitan libremente y brinden prestaciones de calidad a sus afiliados».</p>
</blockquote>



<p>Este proceso de limpieza administrativa es visto por los expertos del sector como un paso necesario para sanear el <strong>sistema de salud argentino</strong>, permitiendo que los recursos y la competencia se concentren en aquellas instituciones que efectivamente sostienen la infraestructura sanitaria del país.</p>



<p>La consolidación de un registro fidedigno es el primer paso hacia una reforma más profunda que busca mejorar la eficiencia del gasto en salud y la libre elección de los beneficiarios en un mercado más transparente.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><a href="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1.jpg"><img decoding="async" width="1024" height="752" src="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-1024x752.jpg" alt="" class="wp-image-11609" srcset="https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-1024x752.jpg 1024w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-300x220.jpg 300w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1-768x564.jpg 768w, https://curecompass.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/1090X800-estatico-1.jpg 1090w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></figure>



<p></p>
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			</item>
		<item>
		<title>El Gobierno dio de baja 20 prepagas inactivas: ya son 139 los entes depurados del sistema privado</title>
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		<dc:creator><![CDATA[curecompass]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Jan 2026 13:45:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[Negocios]]></category>
		<category><![CDATA[Agentes del Seguro de Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Destacado]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>
		<category><![CDATA[Silvia Noemí Viazzi]]></category>
		<category><![CDATA[Superintendencia de Servicios de Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia de Servicios de Salud inició el procedimiento de baja de 20 empresas de...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading"><em><strong>La Superintendencia de Servicios de Salud inició el procedimiento de baja de 20 empresas de medicina prepaga y agentes del seguro de salud que figuraban inscriptas pero sin afiliados ni prestaciones activas, y elevó a 139 el total de firmas eliminadas del padrón desde el inicio de la gestión de Javier Milei, en el marco de un reordenamiento que, según el organismo, “no genera impacto” sobre los usuarios.</strong></em></h2>



<h2 class="wp-block-heading">Un plan de depuración que ya alcanzó a 139 prepagas</h2>



<p>Seguramente habrá explicaciones medianamente lógicas pero hasta ahora no se conocen. ¿Cuál era la razón de la existencia de más de un centenar de entidades que no se usaban, inactivas? ¿Para que las creaban? ¿Porque no se hizo antes esta «depuración»? ¿Hay o había algo turbio detrás de todo este entramado de sociedades? Es difícil creer que era simplemente «desorden administrativo». Claro, todo esto sucedía con anuencia de «el Estado».</p>



<p>La medida quedó formalizada mediante un edicto publicado en el Boletín Oficial, firmado por la supervisora técnica <strong>Silvia Noemí Viazzi</strong>, y forma parte del proceso de “reordenamiento del sistema de Salud” y del <strong>registro de Agentes del Seguro de Salud</strong> impulsado por el Poder Ejecutivo.</p>



<p>Según fuentes oficiales, las auditorías determinaron que las 20 entidades&nbsp;<strong>“se encontraban inscriptas, pero no registraban actividad”</strong>, es decir,&nbsp;<strong>no tenían afiliados, ni prestaciones en funcionamiento, ni documentación respaldatoria que acreditara su operatoria</strong>. Desde la Superintendencia remarcaron que las bajas&nbsp;<strong>“no afectan a empresas que se encuentren prestando servicios ni generan consecuencias para los usuarios del sistema”</strong>.</p>



<p>Este nuevo paquete se suma a la baja de&nbsp;<strong>otras tres prepagas</strong>&nbsp;dispuesta a comienzos de la misma semana —Staff Médico S.A., Sancor Medicina Privada S.A. y la Obra Social del Personal Aeronáutico (OSPA)— y eleva a&nbsp;<strong>139</strong>&nbsp;el total de&nbsp;<strong>empresas de salud eliminadas del registro en lo que va de la gestión libertaria</strong>, todas catalogadas como sin actividad efectiva.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Quiénes son las 20 prepagas y agentes dados de baja</h2>



<p>El decreto publicado inicia el procedimiento administrativo de baja para las siguientes&nbsp;<strong>20 entidades</strong>&nbsp;del registro de agentes del seguro de salud y medicina prepaga:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Asociación Mutual Trabajadores Actividad Repostería – Servicios Relacionados con la Salud Humana</li>



<li>Mutual Persona John Deere Argentina</li>



<li>Asistencia Mutual Aeronavegante</li>



<li>Instituto Médico Asistencial IMA</li>



<li>Centro Médico Mar del Plata Asociación Civil</li>



<li>Obra Social de la Cámara de la Industria Curtidora Argentina</li>



<li>Asociación Mutual Integral de Consumos y Servicios</li>



<li>Asociación Mutual de Comerciantes Bartolomé Mitre</li>



<li>Gran Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo Ltda.</li>



<li>Asociación Mutual Bs. As. Staff de Medicina y Servicios</li>



<li>Asociación Mutual Intercooperativa</li>



<li>Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañas Limitada</li>



<li>Instituto Materno Infantil S.A.</li>



<li>Empy SRL</li>



<li>Asociación Mutual del Personal del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación</li>



<li>Austral Organización Médica Integral</li>



<li>Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Créditos Cuenca del Salado Ltda.</li>



<li>Plural Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda.</li>



<li>IE Emergencias Médicas Bolívar S.A.</li>



<li>Cardio S.A.</li>
</ul>



<p>De acuerdo con la Superintendencia, se trata de&nbsp;<strong>razones sociales sin usuarios</strong>, muchas de las cuales habían sido dadas de alta en años anteriores con un&nbsp;<strong>número provisorio</strong>&nbsp;como supuestos prestadores, pero&nbsp;<strong>“sin la posterior presentación de documentación que acredite su actividad”</strong>, ni&nbsp;<strong>padrones de afiliados</strong>, ni&nbsp;<strong>balances originales ni balances interanuales posteriores</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">“Registro transparente” y sin impacto en los afiliados</h2>



<p>Tanto en los comunicados recientes como en antecedentes de 2024, el organismo insistió en que el objetivo es&nbsp;<strong>“depurar el registro y contar con un padrón actualizado de agentes que efectivamente operen dentro del sistema de salud”</strong>.</p>



<p>Las auditorías incluyeron&nbsp;<strong>verificación de afiliados, revisión de documentación contable y administrativa y constatación de la prestación efectiva de servicios médicos</strong>, para identificar entidades que&nbsp;<strong>no cumplían con los requisitos mínimos</strong>&nbsp;para operar como agentes del seguro de salud. Voceros sectoriales sintetizaron el espíritu del proceso: “<strong>El objetivo es contar con un registro transparente</strong>”.</p>



<p>En un contexto de reformas y tensión en el sistema de salud privado, la decisión de depurar 139 prepagas y agentes inactivos reconfigura el mapa formal de oferentes y sienta las bases administrativas sobre las que se definirán futuras reglas de juego para financiadores, prestadores y usuarios del sector de medicina privada en la Argentina.</p>
<p>La entrada <a href="https://curecompass.com.ar/el-gobierno-dio-de-baja-20-prepagas-inactivas-ya-son-139-los-entes-depurados-del-sistema-privado/">El Gobierno dio de baja 20 prepagas inactivas: ya son 139 los entes depurados del sistema privado</a> se publicó primero en <a href="https://curecompass.com.ar"></a>.</p>
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		<title>Sigmac: la Superintendencia la aprobó como obligatoria para la medicación de alto costo</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Oct 2025 11:49:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[medicamentos de alto costo]]></category>
		<category><![CDATA[obras sociales]]></category>
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		<category><![CDATA[Superintendencia de Servicios de Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia de Servicios de Salud aprobó a la plataforma Sigmac como sistema oficial y...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>La <a href="https://www.argentina.gob.ar/sssalud">Superintendencia de Servicios de Salud</a> aprobó a la plataforma Sigmac como sistema oficial y obligatorio para la administración, monitoreo, validación y trazabilidad de los programas vinculados a la cobertura de medicamentos de alto costo.</p>



<p>Lo hizo a través de la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/332744/20251013">resolución 1800/2025</a> que se publicó en el Boletín Oficial. En tanto estableció que su utilización será obligatoria en todos los programas presentes y futuros que implemente la Superintendencia en relación con la provisión de medicamentos de alto costo. Independientemente de que estos programas sean de adhesión voluntaria u obligatoria para los agentes del seguro de salud.</p>



<p>La obligatoriedad alcanza a los agentes inscriptos en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS). Así como a los laboratorios proveedores y las empresas logísticas intervinientes. La implementación efectiva de la plataforma <a href="https://curecompass.com.ar/nueva-plataforma/">se efectivizó el 1 de julio pasado</a>. A través de procedimientos que garantizaron las condiciones de legalidad, transparencia y competitividad requeridas para su desarrollo.</p>



<p>Y su impacto fue positivo de inmediato ya que ahora los pacientes pueden acceder de manera más rápida, segura y equitativa a sus tratamientos. Mejorando así su experiencia de atención y reduciendo los tiempos de espera. En tanto para los financiadores, la digitalización de los procesos permite una gestión más ágil, eficiente y con mayor control.</p>



<p>La implementación de Sigmac se enmarca en un cambio estructural que impulsa la Superintendencia. Tanto para las licitaciones públicas de compra para planes existentes, así como para la compra centralizada de tecnologías de alto costo. Donde reemplaza la negociación individual de cada financiador con los proveedores, colocándose la Superintendencia como árbitro y negociador centralizado, sin erogar fondos propios pero garantizando el precio y el pago.</p>



<p>Esto permitió alcanzar muy importantes descuentos habiéndose generado ahorros enormes para el sistema de decenas de miles de millones de pesos para los planes en vigencia. Garantizando además el acceso de los pacientes a las tecnologías en cuestión y optimizando el uso de los recursos destinados a la salud.</p>



<p>Esto se da en el marco del proceso de reordenamiento del sistema que lleva adelante la Superintendencia, bajo los lineamientos del <a href="https://www.argentina.gob.ar/salud">Ministerio de Salud</a>. Sigmac representa un avance muy importante hacia un sistema de salud más transparente. Beneficiando a pacientes y a toda la sociedad al garantizar un uso más eficiente y responsable de los recursos públicos.</p>
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		<title>Justicia prohíbe a la obra social de UPCN el cobro de coseguros por afectar el derecho a la salud</title>
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		<dc:creator><![CDATA[curecompass]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Oct 2025 11:49:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[Andrés Rodríguez]]></category>
		<category><![CDATA[Asociación Trabajadores del Estado]]></category>
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		<category><![CDATA[Coseguro]]></category>
		<category><![CDATA[Destacado]]></category>
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		<category><![CDATA[Superintendencia de Servicios de Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Juzgado Nacional del Trabajo Nº 69 ordenó a la Obra Social de la Unión...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading"><em><strong>El Juzgado Nacional del Trabajo Nº 69 ordenó a la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) mantener las bonificaciones de coseguros para todos sus afiliados, tras una demanda impulsada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE). El fallo considera que las prácticas aplicadas vulneraban el derecho a la salud y la libertad sindical.</strong></em></h2>



<p>En un fallo con fuerte impacto en el sistema de salud sindical argentino, la Justicia ordenó que la&nbsp;<strong>Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN)</strong>&nbsp;suspenda de inmediato el cobro de&nbsp;<strong>coseguros diferenciados</strong>&nbsp;y mantenga las&nbsp;<strong>bonificaciones de salud para todos sus 750.000 afiliados</strong>, sin importar su adhesión o no al gremio.</p>



<p>La resolución fue dictada por el&nbsp;<strong>Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 69</strong>, a cargo del&nbsp;<strong>juez José Ignacio Ramonet</strong>, quien avaló la acción de amparo presentada por la&nbsp;<strong>Asociación Trabajadores del Estado (ATE)</strong>&nbsp;y consideró que “<strong>surge prima facie acreditada la afectación del derecho a la salud y la libertad sindical</strong>”.</p>



<p>El magistrado ordenó la&nbsp;<strong>suspensión inmediata</strong>&nbsp;de la medida implementada por la obra social y advirtió que el incumplimiento del fallo implicará la aplicación de&nbsp;<strong>astreintes (multas económicas)</strong>&nbsp;por cada día de retardo.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Argumentos judiciales y fundamentos del amparo</h2>



<p>El juez Ramonet destacó que el esquema de coseguros de UPCN no solo condicionaba el acceso a la atención médica, sino que&nbsp;<strong>“obligaba indirectamente a los afiliados a sumarse al sindicato para evitar el pago adicional”</strong>, lo que constituye una práctica discriminatoria y coercitiva.</p>



<p>La medida cautelar —que fue calificada como “innovativa” por su urgencia y alcance— se sustenta en el&nbsp;<strong>peligro en la demora</strong>, dado que mantener el cobro hasta la resolución definitiva del caso implicaría “un menoscabo al derecho a la salud que se busca proteger”, según el dictamen del fiscal&nbsp;<strong>Claudio Giacin</strong>, fechado el 2 de octubre.</p>



<p>Ramonet también reconoció el&nbsp;<strong>carácter colectivo del amparo</strong>, ya que involucra derechos de incidencia colectiva vinculados con intereses individuales homogéneos. En consecuencia, ordenó su&nbsp;<strong>inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos</strong>, en línea con el artículo 43 de la Constitución Nacional.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La denuncia y la respuesta gremial</h2>



<p>El conflicto se originó cuando&nbsp;<strong>ATE</strong>, encabezada por su secretario general&nbsp;<strong>Rodolfo Aguiar</strong>, denunció que la obra social de UPCN había implementado&nbsp;<strong>“medidas ilegales, arbitrarias y discriminatorias”</strong>&nbsp;al condicionar las bonificaciones de coseguros de salud a la afiliación sindical.</p>



<p>“<strong>Se terminó la extorsión. La conducta de algunos gremialistas del sector público que realizaron esta maniobra sucia es miserable</strong>”, afirmó Aguiar tras conocerse el fallo. En sus redes sociales agregó: “<strong>Con la salud, no se jode</strong>”, celebrando la decisión judicial que calificó como “una victoria colectiva contra el abuso sindical”.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Contexto legal y antecedentes</h2>



<p>Los&nbsp;<strong>coseguros</strong>&nbsp;—pagos complementarios que realizan los afiliados por ciertas prestaciones— fueron&nbsp;<strong>liberados por el Gobierno argentino a mediados de 2024</strong>, mediante la&nbsp;<strong>Resolución 1926/2024</strong>&nbsp;de la&nbsp;<strong>Superintendencia de Servicios de Salud (SSS)</strong>. Esa norma quitó al Estado la regulación directa sobre los aranceles, habilitando a las obras sociales a fijar sus propios valores “en un marco de libre competencia”.</p>



<p>Sin embargo, el fallo judicial advierte que el uso de esa libertad tarifaria “no puede aplicarse de manera discriminatoria ni afectar derechos constitucionales básicos como la igualdad ante la ley y el acceso a la salud”. En el caso de UPCN, la herramienta habría sido utilizada para&nbsp;<strong>“fidelizar” afiliados forzando su permanencia en el sindicato</strong>, según sostenía la denuncia de ATE.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Impacto de la resolución</h2>



<p>La decisión judicial beneficia tanto a los afiliados sindicalizados como a los no sindicalizados, y alcanza también a los&nbsp;<strong>grupos familiares</strong>&nbsp;cubiertos por la obra social. La resolución mantiene la&nbsp;<strong>bonificación del 100% del coseguro</strong>, al menos mientras se resuelve la cuestión de fondo del proceso.</p>



<p>El fallo representa un&nbsp;<strong>precedente clave en materia de derechos sanitarios y sindicales</strong>, al establecer límites sobre cómo las obras sociales pueden aplicar políticas de afiliación y financiamiento. Además, se constituye como una advertencia para otras entidades del sistema de salud sindical que podrían estar adoptando prácticas similares.</p>



<p>“<strong>Este es un mensaje fuerte: la salud no puede ser usada como herramienta de presión gremial</strong>”, expresó una fuente cercana a la causa. Mientras tanto, la última palabra estará en los tribunales laborales, donde deberá resolverse si la desregulación de coseguros impulsada en 2024 puede ser revisada por la Justicia cuando afecta derechos fundamentales.</p>



<p>Para los trabajadores afiliados, el fallo representa&nbsp;<strong>una garantía inmediata del acceso igualitario a la atención médica</strong>, y para el sistema de obras sociales, un llamado urgente a equilibrar libertad económica con responsabilidad social.</p>
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		<title>Los aportes y contribuciones ya no son propiedad de las prepagas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Sep 2025 14:00:27 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[aportes]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el marco del reordenamiento del sistema de salud, la Superintendencia de Servicios de Salud...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>En el marco del reordenamiento del sistema de salud, la <a href="https://www.argentina.gob.ar/sssalud">Superintendencia de Servicios de Salud</a> derogó la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/299370/20231129">resolución 2400/2023</a>. Esta normativa habilitaba a las entidades de medicina prepaga y a los agentes del seguro de salud que ofrecen planes a través de la derivación de aportes y contribuciones a retener dichos recursos en beneficio propio.</p>



<p>El artículo 12 de su Anexo ahora se dejó sin efecto mediante la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/331634/20250919">resolución 1725/2025</a> que se publicó en el Boletín Oficial. Este artículo había introducido una modificación al <a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/10000-14999/12548/texact.htm">decreto 576/1993</a> que contradecía el marco normativo central del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Esa disposición, vigente desde noviembre de 2023, consideraba los aportes y contribuciones como propiedad de las entidades y no de los trabajadores.</p>



<p>“Con la nueva medida, el Gobierno busca garantizar que los aportes y contribuciones se destinen efectivamente a financiar su cobertura médica. Así como las cotizaciones y los subsidios de la seguridad social, que son de los trabajadores”, indicó la Superintendencia.</p>



<p>La medida que los aportes, contribuciones, cotizaciones y subsidios de la seguridad social pertenecen al beneficiario. Conforme se estableció en las Leyes 23.660 y 23.661 y en el Decreto 576/1993, y deben aplicarse exclusivamente en su beneficio.</p>



<p>En este sentido, los recursos deberán impactar directamente en la factura, reduciendo el valor de la cuota del plan. Cuando los aportes superen el costo del plan contratado, el excedente deberá destinarse a cubrir otros conceptos facturables en los meses siguientes. El saldo resultante deberá figurar mensualmente en el Estado de Cuenta. Y en caso de rescisión del contrato, las entidades tendrán la obligación de reintegrar al afiliado titular cualquier saldo disponible.</p>



<p>La resolución también aprobó un modelo obligatorio de factura y Estado de Cuenta que deberán utilizar las entidades de medicina prepaga y los agentes del seguro de salud. Según lo establece el artículo 11 del Anexo, cada mes el afiliado deberá recibir una factura acompañada de un Estado de Cuenta estandarizado y transparente. Donde se detalle de manera clara y en lenguaje sencillo, como mínimo costo base del plan contratado. También costos adicionales por coberturas específicas, ajustes por edad o factores de riesgo, aportes, contribuciones, cotizaciones o cápitas efectivamente percibidos. Además de impuestos y tasas aplicables, subsidios percibidos del Fondo Solidario de Redistribución (FSR) y saldo inicial y final a favor del afiliado, en caso de existir.</p>



<p>Desde el inicio de la gestión, el Gobierno impulsa medidas para fortalecer la libre competencia entre los distintos actores del sistema. Y así <a href="https://curecompass.com.ar/a-partir-de-diciembre/">ampliar la libertad de elección de los beneficiarios</a>. “La Superintendencia de Servicios de Salud continúa trabajando en el reordenamiento del sistema sanitario. Con el objetivo de garantizar transparencia y asegurar que todos los afiliados reciban prestaciones de calidad”.</p>
<p>La entrada <a href="https://curecompass.com.ar/los-aportes-y-contribuciones/">Los aportes y contribuciones ya no son propiedad de las prepagas</a> se publicó primero en <a href="https://curecompass.com.ar"></a>.</p>
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		<title>La obra social de conductores de taxis en situación de crisis</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 Aug 2025 11:51:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[obras sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Ostaxba]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>
		<category><![CDATA[situación de crisis]]></category>
		<category><![CDATA[Superintendencia de Servicios de Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia de Servicios de Salud declaró en situación de crisis a la Obra Social...</p>
<p>La entrada <a href="https://curecompass.com.ar/la-obra-social-de-conductores-de-taxi/">La obra social de conductores de taxis en situación de crisis</a> se publicó primero en <a href="https://curecompass.com.ar"></a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La <a href="https://www.argentina.gob.ar/sssalud">Superintendencia de Servicios de Salud</a> declaró en situación de crisis a la <a href="https://ostaxba.com.ar/">Obra Social de Conductores Titulares de Taxis de la ciudad de Buenos Aires</a>. Lo hizo a través de la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/330236/20250822">resolución 1633/2025</a> que se publicó en el Boletín Oficial. Asimismo intimó a la entidad a entregar un plan de contingencia en un plazo no superior a 15 días.</p>



<p>Como indicó el informe que realizó el organismo fiscalizador, la Obra Social de Conductores de Taxis presenta factores de criticidad superiores a los valores límite que se establecieron para su funcionamiento. En relación a aspectos prestacionales, jurídico-institucionales, contables y de atención al beneficiario. También se evaluaron los indicadores económico-financieros, la capacidad de repago y la dependencia a subsidios financieros.</p>



<p>El Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud será el encargado de supervisar su cumplimiento. Y también de garantizar que se adopten las medidas correctivas necesarias.</p>



<p>Así, la Superintendencia de Servicios de Salud “continúa con el reordenamiento del sistema de salud que viene realizando desde el inicio de la gestión. Con el objetivo de resguardar la sustentabilidad de las obras sociales y garantizar el acceso a prestaciones de calidad para los beneficiarios”.</p>



<p>La Superintendencia declara obras sociales en crisis por no cumplir con los requisitos de funcionamiento. Incumpliendo requisitos contables, prestacionales y financieros. Las obras sociales intimadas tienen un plazo de 15 días hábiles para presentar un plan de contingencia. El objetivo es asegurar la sustentabilidad del sistema de salud. Así como garantizar el acceso de los beneficiarios a servicios de calidad, a través de un reordenamiento continuo.</p>



<p>En lo que va del año, la Superintendencia declaró en situación de crisis otras ocho obras sociales. Ellas son <a href="https://curecompass.com.ar/dos-obras-sociales-en-situacion-de-crisis/">las del Personal y de los Técnicos de la Industria del Fósforo y Afines</a> (Ospif y Ostif), la de Fedecámaras, de Técnicos de Fútbol (Ostecf). También las de Trabajadores del Petróleo y Gas Privado del Chubut, de Agentes de Propaganda Médica de Entre Ríos (Osapmer). Además de las de Volkswagen Argentina y de la Asociación Mutual Metalúrgica Villa Constitución.</p>
<p>La entrada <a href="https://curecompass.com.ar/la-obra-social-de-conductores-de-taxi/">La obra social de conductores de taxis en situación de crisis</a> se publicó primero en <a href="https://curecompass.com.ar"></a>.</p>
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		<title>La voluntad de permanencia en la obra social se extiende hasta fin de año</title>
		<link>https://curecompass.com.ar/la-voluntad-de-permanencia/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Aug 2025 12:47:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[aportes]]></category>
		<category><![CDATA[obras sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>
		<category><![CDATA[prepagas]]></category>
		<category><![CDATA[Superintendencia de Servicios de Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia de Servicios de Salud formalizó la extensión del trámite Voluntad de Permanencia en...</p>
<p>La entrada <a href="https://curecompass.com.ar/la-voluntad-de-permanencia/">La voluntad de permanencia en la obra social se extiende hasta fin de año</a> se publicó primero en <a href="https://curecompass.com.ar"></a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La <a href="https://www.argentina.gob.ar/sssalud">Superintendencia de Servicios de Salud</a> formalizó la extensión del trámite Voluntad de Permanencia en Obra Social. Lo hizo a través de la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/329460/20250807">resolución 1608/2025</a> que se publicó en el Boletín Oficial. Esto significa que, aquellas personas que a partir de la Resolución 1/25 comenzaron a derivar sus aportes y contribuciones de manera directa a la empresa de medicina prepaga contratada, tendrán la posibilidad de elegir permanecer en su obra social de origen hasta el 31 de diciembre de 2025.</p>



<p>“Esta medida tiene como objetivo garantizar el ejercicio de la voluntad individual, en consonancia con el principio de libre elección que rige el sistema. Asegurando así un plazo razonable para que cada persona pueda adoptar una decisión informada. Reafirmando además que los aportes que se realizan al sistema de salud son producto del trabajo de cada uno. Y &nbsp;deben orientarse a una finalidad prestacional concreta, vinculada al acceso efectivo a servicios de salud. Su destino no podrá fundarse en intereses administrativos o corporativos que no generen valor tangible para el afiliado”. Así lo remarcó la Superintendencia en la resolución.</p>



<p>De este modo los beneficiarios pueden optar por la Voluntad de Permanencia. Y manifestarlo a través de la web Trámite a Distancia (TAD) mediante autenticación con CUIT y clave fiscal. Los afiliados que realicen este trámite podrán elegir no permanecer 12 meses en el Agente del Seguro de Salud que resulte destinatario de sus aportes y contribuciones o cotizaciones.</p>



<p>A través de la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/320410/20250131">resolución 1/1025</a>, la Superintendencia puso fin de una vez y para siempre a <a href="https://curecompass.com.ar/aportes-de-la-seguridad-social/">la triangulación de los aportes de los trabajadores</a>. A seis meses de una reforma histórica que marca un hito en el reordenamiento del sistema de salud, la SSS <a href="https://curecompass.com.ar/a-seis-meses/">hizo una primera evaluación</a>. Esta medida eliminó la intermediación entre obras sociales y empresas de medicina prepaga. Y los resultados iniciales reflejan “mejoras significativas en el sistema de salud argentino, con impactos concretos en la vida de millones de trabajadores”.</p>



<p>La normativa permitió que los aportes y subsidios automáticos se transfieran directamente a la entidad de medicina prepaga elegida por cada afiliado, sin intermediarios. “Esta transformación generó mayor transparencia. Los fondos sólo pueden dirigirse a entidades inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS), lo que facilita el control y la fiscalización”.</p>



<p>A fin del año pasado, el Gobierno determinó que a partir del 1º de diciembre, <a href="https://curecompass.com.ar/a-partir-de-diciembre/">los aportes de la seguridad social irían directo a las empresas de medicina prepaga</a>. Así cortó con años en los que un trabajador debía elegir una obra social con convenio con una prepaga para acceder a esta última. De esta manera, los trabajadores pasaron a elegir directamente una prepaga con destino de sus aportes a la seguridad social. Aunque también se fijó un plazo para manifestar la Voluntad de Permanencia.</p>



<p>La decisión se plasmó en la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/315257/20241007">resolución 3284/2024</a> de la Superintendencia que estableció que todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social, debían inscribirse en el RNAS.</p>



<p>En el comienzo del nuevo sistema el ministro de Salud, <a href="https://x.com/mariolugones_ar?lang=es">Mario Lugones</a>, destacó el proceso de reordenamiento con el objetivo de fiscalizar a los agentes de salud. Y así finalizar con <a href="https://curecompass.com.ar/lugones-2/">las intermediaciones de los llamados “sellos de goma”</a>. “Punto final para un negocio millonario con el dinero de los beneficiarios. Se pone fin a un sistema perverso diseñado para sacarle el dinero a los beneficiarios y alimentar cajas negras”.</p>
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		<title>A seis meses del fin de la triangulación de los aportes</title>
		<link>https://curecompass.com.ar/a-seis-meses/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 Aug 2025 11:35:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>A través de la Resolución 1/1025 publicada el 31 de enero pasado, la Superintendencia de...</p>
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<p>A través de la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/320410/20250131">Resolución 1/1025</a> publicada el 31 de enero pasado, la <a href="https://www.argentina.gob.ar/sssalud">Superintendencia de Servicios de Salud</a> puso fin de una vez y para siempre a <a href="https://curecompass.com.ar/aportes-de-la-seguridad-social/">la triangulación de los aportes de los trabajadores</a>. A seis meses de una reforma histórica que marca un hito en el reordenamiento del sistema de salud, la SSS hizo una primera evaluación. Esta medida eliminó la intermediación entre obras sociales y empresas de medicina prepaga. Y los resultados iniciales reflejan “mejoras significativas en el sistema de salud argentino, con impactos concretos en la vida de millones de trabajadores”.</p>



<p>La normativa permitió que los aportes y subsidios automáticos se transfieran directamente a la entidad de medicina prepaga elegida por cada afiliado, sin intermediarios. “Esta transformación generó mayor transparencia. Los fondos sólo pueden dirigirse a entidades inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS), lo que facilita el control y la fiscalización”. Así lo destacaron desde la Superintendencia.</p>



<p>También señalaron que la medida produjo un “ahorro directo para los trabajadores. Se eliminaron retenciones de entre el 3% y el 10% que antes se aplicaban a través de obras sociales sin prestaciones reales. Lo que representa más de $ 30.000 millones mensuales que hoy se reintegran a los afiliados”.</p>



<p>Asimismo pusieron de relieve la “libertad de elección” que conllevó la decisión. “Más de tres millones de personas que antes no podían decidir el destino de sus aportes, hoy lo hacen libremente. Además, los reclamos por problemas en las derivaciones disminuyeron un 30% en este período, lo que evidencia un sistema más eficiente y orientado al usuario”.</p>



<p>La resolución de la SSS también garantizó el derecho a la permanencia en la obra social de origen para quienes lo deseen. Y elimina la obligación de permanecer un año en la entidad asignada al inicio de la relación laboral. Esto significa que los beneficiarios pueden elegir su entidad en cualquier momento a partir de que ingresen. Luego de esto, la normativa permite un cambio de Agente del Seguro por año.</p>



<p>A seis meses de su entrada en vigencia, menos del 0,5% de los trabajadores optaron por permanecer en su obra social de origen. Lo que demuestra el amplio respaldo a esta reforma. “Esta transformación histórica marca un nuevo paradigma en el sistema de salud. Más libertad, menos burocracia y una gestión más eficiente de los recursos, que ahora se destinan directamente a las prestaciones de salud de los beneficiarios”.</p>



<p>A fin del año pasado, el Gobierno determinó que a partir del 1º de diciembre, <a href="https://curecompass.com.ar/a-partir-de-diciembre/">los aportes de la seguridad social irían directo a las empresas de medicina prepaga</a>. Así cortó con años en los que un trabajador debía elegir una obra social con convenio con una prepaga para acceder a esta última. De esta manera, los trabajadores pasaron a elegir directamente una prepaga con destino de sus aportes a la seguridad social.</p>



<p>La decisión se plasmó en la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/315257/20241007">resolución 3284/2024</a> de la Superintendencia que estableció que todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social, debían inscribirse en el RNAS.</p>



<p>En el comienzo del nuevo sistema el ministro de Salud, <a href="https://x.com/mariolugones_ar?lang=es">Mario Lugones</a>, destacó el proceso de reordenamiento con el objetivo de fiscalizar a los agentes de salud. Y así finalizar con <a href="https://curecompass.com.ar/lugones-2/">las intermediaciones de los llamados “sellos de goma”.</a> “Punto final para un negocio millonario con el dinero de los beneficiarios. Se pone fin a un sistema perverso diseñado para sacarle el dinero a los beneficiarios y alimentar cajas negras”.</p>
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		<title>Mediadores en materia de salud comenzaron la capacitación</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Aug 2025 11:37:43 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Ministerio de Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>
		<category><![CDATA[Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia de Servicios de Salud puso en marcha las capacitaciones de manera presencial y...</p>
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<p>La <a href="https://www.argentina.gob.ar/sssalud">Superintendencia de Servicios de Salud</a> puso en marcha las capacitaciones de manera presencial y virtual a más de 900 mediadores. Son sobre el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (Promesa) y en cumplimiento de la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/328227/20250711">resolución conjunta 1/2025</a> de los ministerios de <a href="https://www.argentina.gob.ar/salud">Salud</a> y de <a href="https://www.argentina.gob.ar/justicia">Justicia</a>.</p>



<p>El 4 de junio pasado, a través del <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/326414/20250604">decreto 379/2025</a>, el Gobierno<a href="https://curecompass.com.ar/procedimiento/"> creó Promesa</a>. Con el objetivo de ofrecer a los ciudadanos una alternativa para la resolución de los conflictos de salud. Que propicie el acercamiento entre las partes y permita lograr una solución ágil y efectiva, sin necesidad de ir a juicio. A partir de esta nueva política pública se busca dotar a los mediadores de una mejora en su formación profesional, con legitimidad institucional. En busca de un modelo de abordaje del conflicto más eficiente y más humano.</p>



<p>“Esto no es un curso. Es una política pública que propone algo tan simple y tan disruptivo como resolver el conflicto antes del juicio”. Así lo afirmó el superintendente, <a href="https://www.linkedin.com/in/claudio-stivelman-a3b09619a/?original_referer=https%3A%2F%2Fwww%2Egoogle%2Ecom%2F&amp;originalSubdomain=ar">Claudio Stivelman</a>. En tanto explicó que «en un sistema judicial cada vez más saturado, y en un sistema de salud tensionado, la mediación aparece como una herramienta con enorme potencial: técnica, jurídica y socialmente válida”.</p>



<p>Además de Stivelman, participó del lanzamiento de las capacitaciones <a href="https://www.linkedin.com/in/maria-florencia-z-5b671310b/">María Florencia Zicavo</a>, jefa de Gabinete del Ministerio de Justicia. Además de Juan Carlos Pierre Ganchegui, gerente de Asuntos Jurídicos de la Superintendencia.</p>



<p>Esta herramienta entrará en vigencia el próximo 2 de setiembre y se reglamentó con la resolución conjunta 1/2025. Así se aprobó las capacitaciones para mediadores en materia de salud que comenzaron hoy.</p>



<p>Esta medida se pensó como respuesta al aumento de la judicialización de los reclamos de los usuarios del sistema de salud registrado en los últimos años. El objetivo es descongestionar el sistema judicial y garantizar a los ciudadanos un acceso más eficiente de las prestaciones médicas.</p>



<p>Su implementación será de carácter optativo para la persona que desee presentar un reclamo en materia de salud. Y la información compartida durante el procedimiento no podrá divulgarse ni utilizarse fuera de ese ámbito. De esta manera, se buscará garantizar un espacio seguro para la negociación y evitar que la información se use en un futuro litigio judicial.&nbsp; Por otro lado, el procedimiento establece plazos breves (entre 5 y 7 días) para las actuaciones del mediador y para la realización de las audiencias a fin de asegurar una resolución oportuna.</p>



<p>La participación de las partes en las audiencias de mediación requerirá de patrocinio o representación letrada. En ese sentido, se prevé asistencia jurídica gratuita para quienes no cuenten con recursos suficientes. Los mediadores se designarán por sorteo y deberán realizar una capacitación obligatoria para garantizar su idoneidad. Para ello se instrumentará una colaboración activa entre los ministerios de Justicia y de Salud con el fin de realizar los Programas de Capacitación y el Examen de Idoneidad.</p>



<p>El marco legal del Promesa contempla también la modificación del Registro Nacional de Mediación existente. Para incorporar a los mediadores especializados en salud dentro de su estructura. Se dividirá en los registros de Mediadores, de Centros de Mediación, de Profesionales Asistentes y de Entidades Formadoras la autorización, habilitación y control sobre el desempeño de los mediadores.</p>
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