Graviola Anticancerígeno Peruano

La Anmat prohibió la venta de un “anticancerígeno” peruano

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de un suplemento «anticancerígeno».

Lo hizo a través de la disposición 8770/2024 que se publicó hoy en el Boletín Oficial.

En ella la Anmat prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto “Graviola, marca Prodenza Life. Anticancerígeno”.

El producto lo elabora Laboratorios Agroindustrias Amazonas de Perú.

La Administración explicó la prohibición del producto “por carecer de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA)”.

“Resultando ser un producto ilegal”, subrayó el organismo.

La Anmat tomó cartas en el asunto a partir de una consulta del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires.

La consulta se realizó ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación al producto  “Graviola, marca Prodenza Life. Anticancerígeno”.

El producto también se presenta como “indicado para el tratamiento de alergias, artritis, reuma, diabetes, obesidad, stress”.

El Colegio de Farmacéuticos bonaerense realizó la consulta porque sospechó que el producto “no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”.

La Anmat explicó que en el rótulo del producto se hace referencia a la Autoridad Sanitaria del Perú (DIGESA).

En consecuencia, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL realizó la consulta al de Comercio Exterior de Alimentos del Instituto.

Con el objeto de averiguar si constaban antecedentes de registro e ingreso al país del producto.

La respuesta fue que no constaban antecedentes de registro del producto, como así tampoco antecedentes de su ingreso al país.

A partir de esto el INAL notificó el incidente en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).

A su vez se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.

Debido a que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea,

Asimismo, la Anmat señaló que el producto se encuentra en infracción por carecer de Registro Nacional de Establecimiento (RNE)”.

Como tampco cuenta con “Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA)”.

“Resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, concluyó Anmat.

Además, indicó que “por tratarse de un producto que no puede identificarse en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá elaborarse en ninguna parte del país, ni comercializarse ni expenderse en la Argentina”.

Por su parte, el INAL recomendó “prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y plataformas de venta en línea”.

“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”, explicó el Instituto.

Al respecto indicó “se trate de un producto que carece de registro, motivo por el cual no puede garantizarse su trazabilidad”.

Así como tampoco “sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control y su inocuidad”.

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