
Un jurado de Los Ángeles condenó a Johnson & Johnson a pagar US$ 40 millones
- Redacción
- 16 diciembre, 2025
- Actualidad
- Johnson & Johnson, polvo corporal, Portada, Shower to Shower, talco para bebés
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Un nuevo revés judicial volvió a colocar a Johnson & Johnson en el centro de la controversia por sus históricos productos a base de talco. Un jurado de la ciudad de Los Ángeles ordenó a la compañía pagar US$ 40 millones a dos mujeres que sostuvieron que el uso prolongado del talco para bebés y del polvo corporal Shower to Shower les provocó cáncer de ovario. El fallo se suma a una extensa y costosa batalla legal que la multinacional enfrenta desde hace años en distintos tribunales de Estados Unidos.
El veredicto estableció indemnizaciones diferenciadas para las demandantes. Monica Kent recibirá US$ 18 millones, mientras que Deborah Schultz y su esposo fueron beneficiados con US$ 22 millones. El jurado de Los Ángeles consideró probada la responsabilidad del fabricante en los daños sufridos por las demandantes tras décadas de uso de los productos.
Durante el juicio, la acusación hizo hincapié en la relación de confianza que las consumidoras mantuvieron durante años con la marca. Daniel Robinson, abogado de las demandantes y socio del estudio Robinson Calcagnie de Newport Beach, sostuvo que sus clientas utilizaron los productos de Johnson & Johnson durante aproximadamente 50 años. Según afirmó, “lo único que hicieron fue ser leales a Johnson & Johnson como clientes por sólo 50 años”. Y remarcó que esa lealtad “era unilateral”.
El fallo vuelve a poner bajo la lupa el impacto sanitario del talco, un mineral que durante décadas se promocionó como seguro para el uso cotidiano, incluso en bebés. Las demandantes argumentaron que la exposición constante al producto estuvo directamente relacionada con el desarrollo del cáncer de ovario. Una hipótesis que dividió a la comunidad científica y judicial.
Tras conocerse la decisión del jurado de Los Ángeles, Johnson & Johnson anunció que apelará el veredicto. Tanto en lo referido a la responsabilidad como a los daños compensatorios. Erik Haas, vicepresidente global de litigios de la empresa, señaló en un comunicado que la compañía ganó “16 de los 17 casos de cáncer de ovario en los que lo intentó anteriormente”. Y manifestó su confianza en revertir el fallo.
Haas sostuvo además que las conclusiones del jurado son “irreconciliables con las décadas de evaluaciones científicas independientes. Todas ellas confirman que el talco es seguro, no contiene asbesto y no causa cáncer”. Desde la empresa insisten en que no existe evidencia científica concluyente que vincule el talco cosmético con el cáncer de ovario o con el mesotelioma.
El caso resuelto en Los Ángeles no es un hecho aislado. En octubre, otro jurado de California ordenó a Johnson & Johnson pagar US$ 966 millones a la familia de una mujer que murió de mesotelioma. En ese proceso, la acusación sostuvo que la enfermedad se desarrolló a raíz del uso de talco para bebés contaminado con asbesto. Un reconocido carcinógeno que afecta principalmente a los pulmones, pero también a otros órganos.
Estos fallos adversos contrastan con otros pronunciamientos judiciales favorables a la compañía y reflejan la disparidad de criterios que persiste en los tribunales estadounidenses. Aun así, el volumen de las indemnizaciones y la reiteración de los reclamos mantienen la presión sobre la firma.
En respuesta al deterioro de su imagen pública y a la caída de las ventas, Johnson & Johnson decidió en 2020 reemplazar el talco por almidón de maíz en su polvo para bebés en la mayor parte de América del Norte. Tres años más tarde, en 2023, la compañía dejó de vender a nivel mundial productos elaborados con talco. Una decisión que buscó poner fin a la controversia comercial, aunque no logró cerrar el frente judicial.
En paralelo, la empresa intentó avanzar con una estrategia legal para resolver en bloque las demandas. En abril, un juez de un tribunal de quiebras de Estados Unidos rechazó el plan de Johnson & Johnson de destinar US$ 9.000 millones a la resolución de reclamos vinculados a cáncer de ovario y otros cánceres ginecológicos asociados a productos con talco. El magistrado consideró que la propuesta no cumplía con los requisitos legales necesarios para canalizar las demandas a través de un proceso de quiebra.



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