
Mayor transparencia en la información de precios de las prepagas
- Redacción
- 21 julio, 2025
- Gobierno
- Ministerio de Salud, Portada, precios, prepagas, Superintendencia de Servicios de Salud
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El Ministerio de Salud informó que las empresas de medicina prepaga deben publicar mensualmente los valores de sus planes en una nueva página web. Esta medida, en conjunto con la Superintendencia de Servicios de Salud, se da a partir de la resolución 645/2025 y busca garantizar una mayor transparencia. Y facilitar así el acceso a la información para todos los beneficiarios.
Como lo estableció la normativa, las empresas de medicina prepaga tienen la obligación de informar los precios de sus planes. Dentro de los cinco días posteriores a la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Y cargarlos en una nueva plataforma. Esta herramienta, fundamental para la consulta de los usuarios, ya se encuentra disponible en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud.
La información que se publica incluye los precios diferenciados por tipo de plan, franja etaria y región geográfica del país. Esto permite a los usuarios realizar una comparación precisa entre las distintas coberturas y prestadores. Brindándoles así la posibilidad de evaluar alternativas y así tomar decisiones informadas sobre el cuidado de su salud.
Esta iniciativa se enmarca en el proceso de reordenamiento del sistema de salud que la Superintendencia de Servicios de Salud viene impulsando. Bajo los lineamientos del Ministerio de Salud. El objetivo principal es dar una mayor transparencia y asegurar que los beneficiarios cuenten con toda la información necesaria para poder elegir en libertad.
En diciembre del año pasado, comenzó a regir el reordenamiento del sistema de salud que permite elegir libremente y en forma directa dónde derivar los aportes y contribuciones. El reordenamiento del sistema de salud puso fin a las intermediaciones en salud. Así los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud pueden elegir derivar sus aportes en forma directa a una empresa de medicina prepaga.
Esta medida dio tiempo a las empresas a inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS) para recibir en forma directa los aportes de sus beneficiarios. La resolución 3284/24 estableció que “todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el RNAS y que esto las habilitará a ofrecer planes de salud”. Con esto se puso punto final a las intermediaciones de obras sociales fantasma con empresas de medicina prepaga.
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