Matrícula Digital

La matrícula de los médicos no tendrá fecha de vencimiento, según estableció Salud

El Ministerio de Salud determinó que la matrícula de los médicos no tendrá fecha de vencimiento.

Lo hizo a través de la resolución 4827/2024 que se publicó en el Boletín Oficial.

La misma estableció que la matrícula o credencial digital única y obligatoria de profesionales de la salud “no tendrá fecha de vencimiento”.

Además indicó que “aquellas credenciales digitales que ya se emitieron, que se encuentren vencidas previas al dictado de la medida en cuestión, pasarán a estar vigentes de manera automática”.

“Eliminando así el trámite de renovación de la misma”.

A comienzos del mes pasado, Salud puso en vigencia la Matrícula Digital de Profesionales de la Salud.

Y estableció que la matrícula digital es una “credencial profesional única y obligatoria”.

En ese sentido aclaró que “la credencial digital reemplaza a la credencial profesional de soporte físico”.

En esa oportunidad se determinó que “las credenciales digitales de los profesionales de la salud tendrán vigencia por el plazo de cinco años”.

Sin embargo, Salud ahora revió esa condición “con fin de racionalizar y optimizar los recursos del Estado”.

“Siempre en miras de priorizar el beneficio del administrado, y en vista de los avances informáticos y tecnológicos referentes al Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA)”.

Así concluyó que “es preciso eliminar la fecha de vencimiento de las matrículas digitales de los profesionales de la salud”.

Y consideró que “aquellas credenciales digitales ya emitidas, que se encuentren vencidas previas al dictado de la medida en cuestión, pasarán a estar vigentes de manera automática”.

La Matrícula Digital surge de los datos de la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS).

Y está disponible en el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”.

Su finalidad es ofrecer en soporte digital, una forma más rápida, segura y práctica de identificación y autenticación de los profesionales de la salud.

A partir de la decisión del Ministerio, cada autoridad sanitaria jurisdiccional puede determinar las profesiones sobre las que instrumentarla.

Y de corresponder, coordina su implementación con los colegios o consejos de ley.

A tal efecto, la autoridad sanitaria jurisdiccional debe emitir las normas que le otorguen validez a la Matrícula Digital.

Las primeras jurisdicciones que adhirieron son CABA, Catamarca, Corrientes, Chubut, Formosa, Jujuy, La Pampa, San Juan, San Luis, Salta, Tierra del Fuego, Tucumán.

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