El desafío de combatir el tabaquismo con menos riesgo sanitario

Especialistas de siete países analizaron en Buenos Aires la Resolución 549/2026, que reemplazó la prohibición de vapeadores y productos de nicotina por un régimen de registro, trazabilidad y controles. El debate enfrentó reducción de riesgos, evidencia local y protección de menores.
La regulación de vapeadores, tabaco calentado y bolsas de nicotina abrió un nuevo escenario en Argentina: el debate ya no gira solo en torno a permitir o prohibir, sino a cómo regular productos que hasta hace pocos meses circulaban fuera de un marco formal. Médicos, científicos y referentes de la sociedad civil de Argentina, Brasil, Chile, España, México, Colombia y Suecia se reunieron en Buenos Aires para discutir la Resolución 549/2026 y sus implicancias para la reducción de daños asociados al tabaquismo.
El encuentro, denominado “El Poder de la Innovación: Cómo Argentina Cambió de Rumbo y Qué Significa Para la Región”, fue organizado por Somos Innovación y la Fundación Internacional Bases. El eje fue la diferenciación de riesgos entre cigarrillos convencionales, productos de vapeo y nuevas alternativas de nicotina, con referencias a los modelos regulatorios de Chile y Suecia.
La Resolución 549/2026 sustituyó el esquema prohibitivo por un sistema de registro, control y fiscalización de productos de nueva generación. El Gobierno sostiene que el nuevo marco busca establecer estándares mínimos de calidad y seguridad sanitaria, fortalecer la trazabilidad y restringir el acceso de menores.

Qué cambió con la Resolución 549/2026
La norma considera productos elaborados con tabaco a los cigarrillos electrónicos, vapeadores, dispositivos de tabaco calentado, líquidos para vaporización y bolsas de nicotina. Como tales, quedan alcanzados por la Ley 26.687 y sus disposiciones sobre advertencias sanitarias, promoción y restricciones comerciales.
El marco crea el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina, conocido como RNPTN. Las empresas deberán registrar cada producto mediante la plataforma Trámites a Distancia, con presentación de declaraciones juradas, fórmulas completas, información toxicológica y certificados de análisis de emisiones realizados por laboratorios acreditados.
La inscripción tendrá vigencia de cinco años y quedará sujeta a renovación. Los productos que no ingresen al registro no podrán importarse ni comercializarse en el país.
La regulación prohíbe recursos de diseño dirigidos a niños y adolescentes, el uso de celebridades, los mensajes engañosos y la publicidad que pueda inducir al consumo. También restringe sabores: los líquidos para vapeo y los productos de tabaco calentado solo podrán tener sabor a tabaco, mientras que las bolsas de nicotina podrán comercializarse con sabor a tabaco o mentol.
Combustión, nicotina y evidencia clínica
Diego Verrastro, médico cirujano de la UBA y ex portavoz de la Red Latinoamericana de Reducción de Daño Asociado al Tabaquismo, planteó que la salud pública debe atender a quienes no logran abandonar el cigarrillo. “La abolición del riesgo es una aspiración de la salud pública que estuvo centrada, en gran medida, en la negación”, afirmó. “Hay muchas personas que, en realidad, no van a dejar de fumar. La salud pública tiene la obligación de atender a esas personas y ofrecer alternativas que reduzcan los riesgos”.
La neumonóloga Mariana Rivera ubicó el debate en la diferencia entre humo y vapor. “En el uso del cigarrillo hay dos sustancias: una es la nicotina y otra es el humo. En el caso de los vapeadores, ese humo estaría restringido y estaríamos en presencia de vapor”, explicó. Para la especialista, el principal daño histórico para los fumadores está asociado con la combustión y la exposición al humo.

Rivera sostuvo que la evidencia internacional describe una exposición “mucho menor” a sustancias tóxicas en productos de vapeo frente al cigarrillo convencional. Sin embargo, marcó un límite relevante para el debate argentino: “Nos falta conocer nuestra propia evidencia. No es lo mismo la población de estos países europeos que la nuestra”.
Ingrid Dragan Taricano, toxicóloga y farmacóloga brasileña, cuestionó la asociación automática entre nicotina y cáncer. “La nicotina es un componente y no es la nicotina la que causa el cáncer. No está provocando cáncer ni está involucrada en eso”, aseguró. También anunció la creación de la Sociedad Argentina de Ciencia y Tecnología para Reducción de Daños.
Chile y Suecia como referencias
Marco Antonio Lozano, médico, ex presidente de la Cámara de Diputados de Chile y doctor en Políticas de Salud por Johns Hopkins, presentó la experiencia de la Ley 21.642, que regula desde hace un año la comercialización de cigarrillos electrónicos en Chile.
La legislación chilena restringe publicidad y venta a menores, e impone límites de concentración de nicotina. El proyecto tardó tres años y medio en ser aprobado por unanimidad, con respaldo de oficialismo, oposición, izquierda y derecha, según Lozano.
“No es el ejercicio de la libertad en el contexto de la ignorancia”, señaló. “Una vez que yo conozco los riesgos, después de tener un debate de dominio público y de educación, yo elijo”.
El especialista también mencionó a Suecia como referencia de reducción de tabaquismo. Según los datos expuestos durante el evento, el país escandinavo redujo su prevalencia de fumadores a 5%, el nivel más bajo de la Unión Europea, mediante el uso de bolsas de nicotina como alternativa al cigarrillo.

El mercado local y la discusión pendiente
Una encuesta de Opinaia citada durante el encuentro indicó que el 5% de la población adulta argentina vapea en forma exclusiva, equivalente a cerca de 2 millones de personas. Más de la mitad de los encuestados respaldó la aplicación de controles, estándares de calidad y prohibición de acceso para menores.
El perfil del vapeador exclusivo que no fuma sería mayoritariamente masculino: 62% de los usuarios frente a 48% en el total de la población. Además, el 66% del segmento se concentra entre los 25 y 44 años, según el relevamiento citado.
No obstante, el cambio normativo no está exento de cuestionamientos. Organizaciones de salud pública expresaron preocupación por el levantamiento de restricciones previas y reclamaron suspender los efectos de la Resolución 549/2026 hasta realizar una evaluación integral de impacto sanitario con participación pública e independiente. También advierten sobre el uso de cigarrillos electrónicos entre adolescentes y cuestionan que la regulación pueda normalizar estos productos.
El nuevo marco argentino abre así una etapa de implementación y monitoreo. Para sus impulsores, representa el paso de un mercado negro sin trazabilidad a un modelo de control regulado. Para sus críticos, exige demostrar que la habilitación comercial no aumentará el consumo ni debilitará la protección de niños y adolescentes. La respuesta dependerá de la calidad de los controles, la evidencia local que se produzca y la capacidad estatal de equilibrar reducción de riesgos, prevención y fiscalización efectiva.