Prohíben sondas BIOEQUIP, electrocardiógrafos CONTEC, “Verrugol” y cremas RUEFENACHT

ANMAT prohibió una sonda de succión BIOEQUIP, el cáustico “VERRUGOL”, electrocardiógrafos CONTEC y cremas de Laboratorio RUEFENACHT por fallas de calidad, registros vencidos y falta de autorización sanitaria, reforzando controles sobre dispositivos médicos, medicamentos y cosméticos en el mercado argentino.

En una serie de decisiones que vuelven a poner el foco en la calidad y trazabilidad de insumos sanitarios, la ANMAT prohibió la comercialización de una sonda de succión de la marca BIOEQUIP, el producto “VERRUGOL” de Laboratorio Fiorano, varios electrocardiógrafos CONTEC y tres cosméticos de Laboratorio RUEFENACHT.

Las medidas responden a fallas de calidad, registros vencidos y productos sin autorización sanitaria, y apuntan a “proteger la salud de la población” en un contexto regional donde la vigilancia regulatoria se vuelve clave.

Sondas BIOEQUIP: cabellos, partículas contaminantes y alerta sobre tecnovigilancia

La primera medida apunta a un insumo crítico en prácticas hospitalarias y ambulatorias: la “Sonda para succión” de la marca BIOEQUIP, elaborada por la firma BIOPLAS S.R.L. ANMAT actuó tras recibir reportes de “presuntas fallas de calidad, incluyendo la presencia de cabellos y partículas contaminantes dentro del envase primario de sondas estériles”.

Durante una inspección en la planta elaboradora, el organismo verificó que “el área de producción se encontraba inoperativa” y detectó “deficiencias en los registros de calidad, distribución y trazabilidad de los lotes involucrados”. También observó “inconsistencias en la documentación vinculada al retiro de mercado y a las acciones correctivas” de la empresa.

Ante el “riesgo sanitario” y un eventual incumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y de Tecnovigilancia, ANMAT inició un “sumario sanitario a la firma BIOPLAS S.R.L. y a su Directora Técnica”. El organismo remarcó que la decisión busca “proteger la salud de la población” y reafirmó su compromiso de garantizar “la seguridad, calidad y eficacia de los productos médicos” en el país.

“VERRUGOL”: un cáustico para verrugas sin registro como especialidad medicinal

La segunda disposición, la N° 802/2026, prohíbe el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional del producto:
“VERRUGOL (Nitrato de Plata 95% y Nitrato de Potasio 5%)”, comercializado por LABORATORIO FIORANO DE CLAUDIO GAMBINO.

Se trata de un medicamento indicado “para la eliminación de callos y verrugas”. La medida se tomó luego de constatar que el producto “no se encuentra inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM)” de ANMAT.

Además, el preparado “tampoco se encuentra codificado en la Farmacopea Argentina”, ya que no figura en el anexo de la Disposición ANMAT 8417/2016. Si bien la firma está habilitada para elaborar “productos de farmacopea y de higiene personal, cosméticos y perfumes”, ANMAT precisó que “no se encuentra habilitada para la elaboración y comercialización de especialidades medicinales”.

Con el objetivo de “proteger a la población y prevenir eventuales riesgos sanitarios”, el organismo dispuso la prohibición del producto hasta tanto obtenga las autorizaciones correspondientes, un mensaje que resuena también en otros mercados latinoamericanos donde proliferan preparados tópicos sin registro o con habilitaciones confusas.

Electrocardiógrafos CONTEC: importación con registro vencido

La tercera medida, formalizada a través de la Disposición 795/2026, afecta a un dispositivo diagnóstico clave:
ELECTROCARDIÓGRAFO, Marca CONTEC, Modelo ECG300G, lotes 25080500025, 25080500028, 25080500030, 25080500065 y 25080500066.

ANMAT informó que prohibió “el uso, la comercialización y la distribución” de estos equipos luego de que el Instituto Nacional de Productos Médicos detectara que la firma DANA YASMIN ATENA (CUIL 27-39428293-1) importó unidades registradas como PM 1898-5 con el “registro vencido”.

El producto es un electrocardiógrafo de identificación 11-407, de “clase de riesgo II”, indicado para la realización de electrocardiogramas, con condición de expendio de “venta exclusiva a profesionales e instituciones sanitarias”. Su fecha de expedición es 24 de septiembre de 2020, por lo que al momento de la importación el registro estaba vencido.

En función de ello, y “con el objetivo de proteger a la población”, ANMAT ordenó la prohibición del producto. En un entorno donde la digitalización y la telecardiología crecen en la región, la decisión pone bajo la lupa el cumplimiento de registros y plazos por parte de importadores y fabricantes.

Cosméticos RUEFENACHT: cremas sin autorización y rotulados dudosos

La cuarta disposición, la N° 793/26, alcanza a tres productos cosméticos en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos:

  • “RUCREM CURATIVA – Presentación 90 grs”, crema cicatrizante y antiséptica.
  • “RUCREM BLOQUEADOR SOLAR RB FPS 80 – Cont. neto 220 ml”, para piel extremadamente sensible a la quemadura solar.
  • “SOLUCIÓN DESINFLAMANTE EN CREMA ATO-FLEX FORTE”, indicada para aliviar procesos de dolor y/o inflamación de ligamentos, articulaciones, músculos y tendones.

ANMAT explicó que la medida se tomó luego de comprobar que LABORATORIO RUEFENACHT, responsable de la comercialización, “no tiene autorización para fabricar cosméticos”.

Además, el legajo N° 2557 del rotulado corresponde en realidad a EPSILON STAFF CONSULTING & WAREHOUSE DE MIRIAM PATRICIA JUAREZ, habilitada ante ANMAT como importadora de productos cosméticos, pero esta “declaró no haber participado en ninguna etapa de elaboración, importación ni comercialización de los productos involucrados”.

El organismo también verificó que las cremas “no están registradas en la base de datos de cosméticos de ANMAT”. En conclusión, se ordenó la prohibición de uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución, “debido a que no es posible garantizar su eficacia y seguridad”.

Un mensaje al mercado regional de insumos médicos y cosmética sanitaria

Las cuatro decisiones delinean un mismo eje: trazabilidad, habilitaciones y cumplimiento estricto de las Buenas Prácticas de Fabricación para productos que se utilizan a diario en consultorios, hospitales y domicilios.

En una región donde el comercio electrónico, las importaciones paralelas y los preparados “de laboratorio” conviven con grandes multinacionales farmacéuticas, la ofensiva de ANMAT funciona como señal para todo el mercado latinoamericano: quien no pueda demostrar registro, calidad y cadena de responsabilidad clara, quedará fuera del sistema formal, con impacto directo en la oferta de productos médicos, dispositivos y cosméticos sanitarios en el país y la región.

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