ANMAT prohíbe un alcohol sanitizante de la marca G‑I‑G por datos falsos en el rótulo

La ANMAT prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la publicidad —incluida la publicación en plataformas de venta en línea— y la distribución del producto “Alcohol sanitizante para manos y piel, listo para usar, sin acción terapéutica”, de la marca G‑I‑G, tras determinar que se trata de un cosmético ilegítimo con datos falsificados en su rótulo y que ya excedió su vida útil declarada.

La medida, formalizada mediante la Disposición Nº 100/2026, pone bajo la lupa un insumo muy utilizado desde la pandemia de COVID‑19 en hogares, comercios y establecimientos de salud de todo el país, y refuerza el mensaje regulatorio a consumidores y empresas de Argentina, Uruguay y Chile sobre la importancia de verificar la trazabilidad y vigencia de productos de higiene y cuidado de la piel.

Qué producto prohibió la ANMAT y por qué

Según detalló el organismo, la disposición alcanza al cosmético rotulado como: “ALCOHOL SANITIZANTE PARA MANOS Y PIEL, listo para usar, SIN ACCIÓN TERAPÉUTICA, marca ‘G‑I‑G’, cont. Neto 5 Litros, Industria Argentina, elaborado por Quality Clean S.A. Legajo N° 2816, Resol. 155/98, para ADSERCO S.A. Av. Centenario 2664, Béccar, Buenos Aires, Argentina”.

La prohibición aplica a todas sus presentaciones y contenidos netos, no solo al envase de 5 litros. La intervención se originó en una denuncia por sospecha de legitimidad recibida por el área de Cosmetovigilancia. Al consultar sus bases de datos, la ANMAT verificó que el producto figura inscripto como cosmético bajo la titularidad de ADSERCO S.A., declarando al laboratorio QUALITY CLEAN S.A. como establecimiento elaborador.

Sin embargo, una inspección posterior en QUALITY CLEAN S.A. reveló que la firma solo elaboró el producto hasta el año 2022, y que este cuenta con una vida útil de 2 años. En consecuencia, todas las unidades que hoy siguen en circulación ya están fuera de ese plazo, pero el rótulo mantiene datos que sugieren vigencia sanitaria. Para la ANMAT, esto implica que el etiquetado está “declarando datos falsos sobre su inscripción sanitaria”, lo que convierte al producto en ilegítimo.

Ante la imposibilidad de garantizar su seguridad y eficacia, la autoridad regulatoria resolvió prohibirlo “en todo el territorio nacional con el objetivo de proteger la salud de la población”.

Señal al mercado de higiene y desinfección en la región

El caso G‑I‑G se inscribe en una agenda de control que, desde la irrupción del COVID‑19, viene apuntando a alcoholes sanitizantes, desinfectantes y cosméticos que se comercializan masivamente y muchas veces se mantienen en depósitos, comercios o plataformas online más allá de su vida útil o sin respaldo sanitario vigente.

Para distribuidores, farmacias, supermercados y plataformas de comercio electrónico en Argentina —y como referencia para operadores en Uruguay y Chile que importan o se inspiran en lineamientos regulatorios argentinos— la decisión de ANMAT marca un precedente claro: un producto que agotó su vida útil pero sigue rotulado como plenamente habilitado pasa automáticamente a la categoría de producto ilegítimo, con riesgo de sanciones y retiro forzoso.

En un mercado regional donde la demanda de insumos de higiene para manos y piel sigue alta y donde coexisten grandes laboratorios, pymes químicas y marcas propias de cadenas comerciales, el movimiento del regulador argentino refuerza la presión para robustecer los sistemas de control de stock, trazabilidad y actualización de rótulos, así como las auditorías sobre terceros elaboradores, a fin de evitar que productos vencidos o mal declarados erosionen la confianza del consumidor y la credibilidad de toda la industria de higiene y cosmética.

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